Registro de Defunción

Consiste en el registro del fallecimiento de los ciudadanos venezolanos fuera del territorio nacional ante las autoridades venezolanas.

En esta Misión Consular deben registrarse las defunciones de las ciudadanas y ciudadanos venezolanos fallecidos en cualquiera de los paises que conforman la circunscripción de esta misión diplomática.

Requisitos:

  1. Una carta solicitando el Registro de Defunción y sus datos de contacto.
  2. Original de la Planilla de extracto de Acta de Defunción, complementada en letra legible y sin tachaduras.
  3. Un (1) ejemplar original del Acta de Defunción debidamente legalizado con la Apostilla de La Haya y traducida  oficialmente al idioma castellano.
  4. Dos (2) copias del acta de defunción.
  5. Tres (3) copias del Certificado Médico de Defunción (Informe de Exitus)
  6. Tres (3) copias legibles de la cédula de identidad.
  7. Tres (3) copias legibles de las paginas del pasaporte venezolano del fallecido, donde se encuentren sus datos personales y la huella dactilar.
  8. Tres (3) copias legibles de la partida de nacimiento del fallecido.
  9. Si el fallecido estaba o estuvo casado: tres (3) copias legibles del acta de matrimonio; si estaba divorciado, tres (3) copias legibles de la sentencia de divorcio; si era viudo, tres (3) copias legibles del acta de defunción del cónyuge.
  10. Tres (3) copias legibles de la partida de nacimiento y documento de identidad de los descendientes.
  11. Tres (3) copias legibles del documento de identidad del cónyuge.
  12. Tres (3) copias legibles de la Gaceta Oficial o constancia de naturalización, en caso de que el difunto sea naturalizado.
  13. Tres (3) copias legibles del documento de identidad de la persona que declara el fallecimiento.