Registro de Matrimonio

Todo venezolano (a) que haya contraído matrimonio en alguno de los paises que conforman la circunscripción consular  deberá remitir dentro de los seis meses siguientes de haberse celebrado el matrimonio, copia legalizada del acta de matrimonio para su inserción en los libros de la autoridad civil de la parroquia o municipio correspondientes en el territorio venezolano (Art. 92 y Art. 103 del Código Civil).

La circunscripción de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en la Federación de Rusia esta conformada por los siguientes paises:

 

Abjasia
Armenia
Georgia
Osetia del Sur
Ucrania
Rusia

Los residentes de los siguientes países deberán dirigirse a la embajadas correspondientes: Kazajistán: Embajada de Venezuela en Nur-Sultan, Kazajistán, Azerbaiyán: Embajada de Venezuela en Bakú, Azerbaiyán, los residentes de Kirguistán, Uzbekistán, Tajikistán y Turkmenistán: Embajada de Venezuela en Teherán, Irán.

Importante: Si no está inscrito en esta misión diplomática puede realizar ambos trámites en paralelo. Puede verificar los recaudos y procedimientos siguiendo este enlace Registro Consular de Carácter General

Requisitos:

  1. Original y tres (3) copias legibles del Acta de Matrimonio emitida por la autoridad extranjera correspondiente (ZAGS) debidamente debidamente apostillada y con traducción notariada al idioma castellano. El original se enviará a Venezuela, por lo que recomendamos solicitar un duplicado a la autoridad competente.
  2. Presentar debidamente cumplimentada, en letra legible y sin tachaduras, un (1) original de la Planilla de Solicitud de Registro de  Matrimonio.
  3. Tres (3) copias legibles de la partida de nacimiento, pasaporte venezolano y cédula de identidad de los cónyuges (si ambos son venezolanos). En caso de que uno de los cónyuges posea otra nacionalidad distinta de la venezolana deberá presentar traducción al castellando del pasaporte y tres (3) copias simples.
  4. Si uno de los cónyuges es venezolano por naturalización deberá presentar tres (3) copias legibles de la resolución publicada en la Gaceta Oficial o de la Constancia de Naturalización expedida por el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz, Dirección Nacional de Identificación.
  5. Si uno de los cónyuges era divorciado, deberá presentar tres (3) copias legibles del acta del divorcio (si el divorcio se realizó fuera de Venezuela debe estar debidamente legalizado con la Apostilla de La Haya).

Este trámite no requiere de pago de aráncel consular

Importante:

Los nombres у apellidos en todas las traducciones deben ser exactamente iguales como aparecen en el pasaporte de ambos cónyuges


INFORMACION AL PUBLICO

La Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en la Federación de Rusia informa que motivado a la situación mundial por el COVID-19 se han implementado nuevos procedimientos para los Servicios Consulares que brinda esta misión diplomática.

  • Las consultas sobre trámites consulares deberán realizarse estrictamente a través del correo electrónico consulado@embavenez.ru.
  • Los trámites consulares que requieran ser realizados de manera presencial se harán estrictamente por cita previa, para lo cual, deberá registrarse en el Sistema de Citas Consulares a través de la página web http://embavenez.ru/consular indicando el tipo de trámite a realizar. Una vez recibida su solicitud se le brindará información adicional de acuerdo al trámite consular.
  • Sólo podrán ingresar a la Sección Consular las personas que tengan cita asignada (fecha y hora).
  • Una vez se le haya asignado la cita, el día que asista a la Sección Consular deberá hacerlo no acompañado (al menos que el trámite así lo requiera). De igual manera, es obligatorio el uso de mascarilla y guantes al ingresar a las instalaciones de es esta embajada.

 

EXHORTAMOS A TODOS A SEGUIR CUIDADOSAMENTE

LAS NORMAS DE PREVENCION PARA EVITAR EL CONTAGIO.