Certificado de Uso

La circunscripción de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en la Federación de Rusia esta conformada por los siguientes paises:

 

Abjasia
Armenia
Georgia
Osetia del Sur
Ucrania
Rusia

Los residentes de los siguientes países deberán dirigirse a la embajadas correspondientes: Kazajistán: Embajada de Venezuela en Nur-Sultan, Kazajistán, Azerbaiyán: Embajada de Venezuela en Bakú, Azerbaiyán, los residentes de Kirguistán, Uzbekistán, Tajikistán y Turkmenistán: Embajada de Venezuela en Teherán, Irán.

El Certificado de Uso es un documento dirigido a hacienda, en el cual se hace constar que los bienes que se llevan a Venezuela son de uso personal y no están sujetos a los impuestos para la importación comercial.

Existen tres tipos de certificados de uso: para el traslado de sus enseres personales a Venezuela, para el traslado de su vehículo y un tercero que sirve para enseres y vehículo.

CERTIFICADO DE USO PARA ENSERES PERSONALES:

El Certificado de Uso para el traslado de enseres personales permite a un venezolano (a) trasladar su menaje de casa a Venezuela toda vez que ha vivido en el exterior por un periodo mayor de 6 meses.

Costo: $90. La planilla de depósito será suministrada en la Sección Consular después de revisar todos los documentos exigidos.

Requisitos:

  1. Solicitar una cita en la Sección Consular.
  2. Llenar la planilla de Certificado de uso para Enseres Personales, suministrada por la Sección Consular de la Embajada. No se admitirán planillas con enmiendas o tachaduras.
  3. Fotocopia del Pasaporte completo y cédula de Identidad. El pasaporte debe tener una vigencia mínima de seis (6) meses
  4. Si tiene otra nacionalidad, fotocopia completa de dicho pasaporte.
  5. Fotocopia del listado de enseres personales usados que ingresará a Venezuela. Esta lista ha de hacerse enumerando los bultos y enunciando su contenido. El menaje de casa estará libre del pago de gravámenes aduaneros siempre que el mismo haya sido usado por el ciudadano en el exterior durante un tiempo no menor de seis (6) meses.
  6. Fotocopias de factura de compra venta o documento sustitutivo de la compra venta de los enseres personales.

 

 

 

CERTIFICADO DE USO PARA VEHICULOS:

El Certificado de uso para llevar su vehículo a Venezuela, permite a un venezolano(a) que tenga más de un (1) año domiciliado en el país donde hace uso del vehículo y más de once (11) meses con el vehículo registrado a su nombre, trasladarlo a Venezuela bajo el régimen de Equipaje de Pasajeros.

Costo: $90. La planilla de depósito será suministrada en la Sección Consular después de revisar todos los documentos exigidos.

Requisitos:

  1. Solicitar una cita en la Sección Consular.
  2. Llenar la planilla de Certificado de uso para vehículos, suministrada por la Sección Consular de la Embajada. No se admitirán planillas con enmiendas o tachaduras.
  3. Fotocopia del Pasaporte completo y cédula de Identidad. El pasaporte debe tener una vigencia mínima de seis (6) meses
  4. Si tiene otra nacionalidad, fotocopia completa de dicho pasaporte.
  5. Copia Simple Notariada y legalizada (Apostilla de la Haya) de la factura de compra del vehículo o documento sustitutivo de la compra venta.
  6. Copia simple Notariada y legalizada (Apostilla de la Haya) del título de propiedad del vehículo (Permiso de Circulación).
  7. Copia simple Notariada y legalizada (Apostilla de la Haya) del Registro del Vehículo.

 

 

 

CERTIFICADO DE USO ENSERES PERSONALES Y VEHICULO:
El Certificado de Uso para el traslado de enseres personales permite a un venezolano (a) trasladar su menaje de casa a Venezuela toda vez que ha vivido en el exterior por un periodo mayor de 6 meses.

El Certificado de uso para llevar su vehículo a Venezuela, permite a un venezolano(a) que tenga más de un (1) año domiciliado en el país donde hace uso del vehículo y más de once (11) meses con el vehículo registrado a su nombre, trasladarlo a Venezuela bajo el régimen de Equipaje de Pasajeros.

Costo: $90. La planilla de depósito será suministrada en la Sección Consular después de revisar todos los documentos exigidos.

Requisitos:

  1. Solicitar una cita en la Sección Consular.
  2. Llenar la planilla de Certificado de uso para enseres y vehículo, suministrada por la Sección Consular de la Embajada. No se admitirán planillas con enmiendas o tachaduras.
  3. Todos los recaudos restantes enunciados tanto para el certificado de enseres personales como para el de vehículos antes expuestos.

 

 

 

Información Complementaria:
  1. Para El (la) propietario (a) del vehículo:
    • Debe ser ciudadano (a) venezolano (a), mayor de 18 años de edad.
    • Debe haber permanecido en el exterior un mínimo de doce (12) meses, con entradas breves a Venezuela.
    • Sólo puede llevar un (1) vehículo.
  2. Del Vehículo:
    • Debe ser de pasajeros, no de carga (los vehículos de carga entrarían por el Régimen de Importación).
    • Debe haber estado un mínimo de once (11) meses bajo el nombre del propietario.
    • Antes de solicitar el Certificado de Uso se sugiere al interesado hacer una consulta por ante el Seniat acerca del precio de referencia de su vehículo. El agente aduanal hará el cálculo de lo que deberá pagar. ASEGURESE DE QUE USTED SE PUEDA LLEVAR SU VEHICULO.
    • Para no pagar impuestos de lujo en Venezuela, debe tener un valor igual o menor a veinte mil dólares (US $20.000) (valor de primera transacción). Cuando el valor del vehículo supere esta cantidad, el consulado emitirá igualmente el Certificado de Uso, pero el interesado pagará el Arancel de Aduana correspondiente y los impuestos fijados por el SENIAT.
  3. El Decreto No. 1.666 del 27 de diciembre de 1996, publicado en la Gaceta Oficial No. 5129 del 30 de octubre de 1996, reglamento de la ley Orgánica de aduanas sobre los regímenes de Liberación, Suspensión y otros regímenes Aduaneros Especiales, contempla en el artículo 136, que:
    • El menaje de casa estará libre del pago de gravámenes aduaneros siempre que el mismo haya sido usado por el pasajero en el exterior durante un tiempo no menor de seis (6) meses. A tales efectos el pasajero debe presentar la respectiva certificación de uso expedida por la autoridad consular competente.
    • La introducción de los vehículos considerados como equipaje se regirá por las disposiciones que dicte el Ministerio de Hacienda mediante resolución.
    • Se consideran pasajeros todas aquellas personas nacionales o residentes en el país que entren o salgan del territorio nacional por los lugares habilitados para operaciones aduaneras, a bordo de vehículos de transporte público o privado.

INFORMACION AL PUBLICO

La Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en la Federación de Rusia informa que motivado a la situación mundial por el COVID-19 se han implementado nuevos procedimientos para los Servicios Consulares que brinda esta misión diplomática.

  • Las consultas sobre trámites consulares deberán realizarse estrictamente a través del correo electrónico consulado@embavenez.ru.
  • Los trámites consulares que requieran ser realizados de manera presencial se harán estrictamente por cita previa, para lo cual, deberá registrarse en el Sistema de Citas Consulares a través de la página web http://embavenez.ru/consular indicando el tipo de trámite a realizar. Una vez recibida su solicitud se le brindará información adicional de acuerdo al trámite consular.
  • Sólo podrán ingresar a la Sección Consular las personas que tengan cita asignada (fecha y hora).
  • Una vez se le haya asignado la cita, el día que asista a la Sección Consular deberá hacerlo no acompañado (al menos que el trámite así lo requiera). De igual manera, es obligatorio el uso de mascarilla y guantes al ingresar a las instalaciones de es esta embajada.

 

EXHORTAMOS A TODOS A SEGUIR CUIDADOSAMENTE

LAS NORMAS DE PREVENCION PARA EVITAR EL CONTAGIO.